Es imprescindible conocer, que se han establecido nuevos límites en las aportaciones a los planes de pensiones, por ello, aquí profundizaremos en ello. La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2021, que entró en vigor el 1 de enero de 2021, modifica los límites de aportación a los sistemas de previsión social.
Así, se contempla una reducción de los límites máximo de reducciones en base imponible y los límites financieros de aportaciones y contribuciones empresariales a sistemas de previsión social, aplicándose como límite máximo la menor de las cantidades siguientes:
- El 30 % de la suma de los rendimientos netos de trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio.
- 2.000 euros anuales (hasta 31/12/2020 era de 8.000 euros).
Este límite se incrementará en 8.000 euros, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales (aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo o a mutualidades de previsión social, de los que, a su vez, sea promotor y partícipe o mutualista, así como las que realice a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que, a su vez, sea tomador y asegurado).
Además de las reducciones realizadas con los límites indicados anteriormente, los contribuyentes cuyo cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas, o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales, podrá reducir en la base imponible las aportaciones realizadas a los sistemas de previsión social previstos en este artículo de los que sea partícipe, mutualista o titular dicho cónyuge, con el límite máximo de 1.000 euros (hasta 31/12/2020 era de 2.500 euros)
Resumen
2020 | 2021 | |
Planes individuales | 8.000 euros | 2.000 euros |
Aportaciones a favor cónyuge Renta < 8.000€ | 2.500 euros | 1.000 euros |
Por eso, todos los que realicen aportaciones periódicas por encima de los 2.000 euros anuales, deben hablar con su gestor del Plan de Pensiones para adaptar las aportaciones a los nuevos límites.
Por último señalar que esta reducción no ha afectado a las aportaciones a Planes de pensiones constituidos a favor de personas con discapacidad, que seguirán conservando los límites de aportación y reducción vigentes y que puedes consultar en la página de Hacienda.
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